La anulación de candidaturas es una grave vulneración de Derechos y Libertades Es especialmente preocupante la anulación sin pruebas de la candidatura de Askatasuna La principal consecuencia de la anulación de las candidaturas de D3M y Askatasuna por parte del Tribunal Supremo será que una parte importante de la población de la CAV no tendrá representación en el próximo Parlamento Vasco. Esta decisión implica una grave vulneración de Derechos y Libertades básicas en un sistema democrático. Además, es especialmente grave en el caso de Askatasuna. La ilegalización de D3M se ha justificado por la conexión de sus candidatos con Batasuna, sin tener en cuenta el comportamiento de esas personas. El Relator Especial de la ONU ya alertaba en su informe de que hay que ser especialmente garantista a la hora de decidir la exclusión de una agrupación que "se ha creado con el único fin de presentarse a las elecciones y de cuyas actuaciones anteriores, en consecuencia, no se tiene prueba alguna". En la práctica, la anulación de las candidaturas de D3M se ha basado en despojar de los derechos políticos a las personas que concurrían en sus listas. No ha existido ninguna conducta delictiva de estas personas, únicamente indicios. Un tribunal no puede tomar una decisión tan grave como ésta en base a unas meras suposiciones. En cuanto a la anulación de las listas de Askatasuna, esta resolución del Supremo adquiere tintes aún más graves y preocupantes. La Abogacía del Estado y la Fiscalía sólo han aportado tres pruebas: la similitud de los estatutos de dicha formación política con los de Euskal Herritarrok, que casi la mitad de los candidatos de Askatasuna avalaron la constitución de la plataforma D3M y conversaciones grabadas en la cárcel entre miembros del Partido Comunista de las Tierras Vascas (EHAK) sobre la estrategia de la lista "sucia" y la "blanca". Se trata de una argumentación muy pobre para sostener una sentencia que provoca tan graves consecuencias. Es más, crean un grave precedente de cara a futuro. Según la argumentación del Supremo es de suponer que en algún lugar existe una base de datos en la que están registrados los nombres de todas las personas que ejercieron un derecho democrático básico, como es apoyar la presentación de candidaturas mediante una firma depositada ante notario. Una conducta legal y no sancionable a posteriori es considerada como sospechosa de ser delictiva. Numerosos colaboradores de Lokarri han prestado su firma en anteriores ocasiones. Cometieron un delito sin ser conscientes de ello? Dónde está esa base de datos? Se pueden cancelar, tal y como prescribe la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales? Qué ocurre con los militantes de otros partidos políticos que también firmaron? Las consecuencias que acarrea esta anulación de las candidaturas son graves e irreversibles. El mínimo respeto a las garantías procesales y jurídicas exige que existan pruebas claras y contundentes. En este caso no han sido aportadas. La decisión del Supremo se basa en convicciones morales, argumento absolutamente insuficiente para justificar un recorte tan grave de Libertades democráticas básicas cuando sólo resta una semana para el inicio de la campaa electoral. Es más que probable que esta decisión del Supremo no pase el filtro del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Lo problemático será que ya no habrá vuelta atrás. Las consecuencias de esta anulación de las candidaturas será irreversible y durante los próximos cuatro aos una parte importante de la sociedad vasca se verá sin representación en el Parlamento. 9 de febrero de 2009